TÉRMINOS Y CONDICIONES DE CONTRATACIÓN Y OPERATIVA TÁCTICA

1. OBJETO Y NATURALEZA DE LA OPERATIVA

El presente documento establece el marco normativo y operativo innegociable bajo el cual operan los servicios de estructuración comercial y diseño de Activos de Respuesta Directa (Direct Response). La contratación de estos servicios implica la aceptación total, incondicional y sin reservas de esta arquitectura legal por parte de la entidad contratante (en adelante, «El Cliente»).

2. DELIMITACIÓN DE COMPETENCIA Y EXCLUSIVIDAD

Para proteger la integridad estratégica de las operaciones, se establece una estricta delimitación por estratos de mercado:

  • Competencia Horizontal (Bloqueo Activo): Se considerará «Competidor Directo» exclusivamente a aquellas entidades que operen en el mismo estrato exacto de la cadena de suministro (ej. Fabricantes Tier 1) y ofrezcan un producto idéntico en el mismo segmento de mercado. La prestación de servicios a un Competidor Directo quedará bloqueada durante la vigencia del presente acuerdo para garantizar la exclusividad táctica.
  • Simetría Vertical (Canal Multimarca): Se establece expresamente que no existe conflicto de intereses en la prestación de servicios a clientes ubicados en distintos niveles de la cadena de distribución (ej. Fabricante frente a Retailer). En el caso de entidades de venta al por menor o distribuidores locales que comercialicen múltiples marcas, la entidad contratante a efectos de exclusividad es única y exclusivamente la marca propia del punto de venta, quedando totalmente excluidas del pacto de no competencia las marcas subyacentes del inventario que este comercialice.

 

3. PROPIEDAD INTELECTUAL Y RETENCIÓN DE ACTIVOS

La consultoría comercializa el derecho de explotación de activos de conversión, no el tiempo de ejecución ni la metodología técnica.

  • Retención de Dominio: Los derechos de explotación comercial, reproducción y distribución del texto maestro (Copy) pertenecen única y exclusivamente a la unidad consultora hasta la liquidación del 100 % de la factura correspondiente.
  • Reserva del Mecanismo Único: Se transfiere el uso del texto final, pero la propiedad intelectual del PROTOCOLO DE CHOQUE COMERCIAL, los sistemas de validación permanente y la arquitectura de la Ingeniería de Argumentos no se expone, transfiere ni licencia bajo ninguna circunstancia.
  • Exclusividad de Formato: El activo se entrega calibrado para un canal específico. Su transcripción o adaptación a otros formatos no autorizados (ej. de guion audiovisual a texto web) requiere una nueva licencia comercial.
  • Propiedad de Activos Huérfanos: Todo concepto, ángulo táctico, titular o borrador descartado por el Cliente o no incluido expresamente en el entregable final revierte al 100 % a la propiedad exclusiva de la consultora, quedando prohibido su uso, adaptación o inspiración interna.
  • Derecho de Auditoría (Casos de Estudio): Salvo firma de un Acuerdo de Confidencialidad (NDA) de marca blanca (Ghostwriting), se reserva el derecho de utilizar fragmentos del texto, métricas anonimizadas y el nombre de la marca como prueba social una vez la campaña sea de dominio público.

 

4. CONDICIONES ECONÓMICAS Y ARQUITECTURA DE PAGOS

  • Presupuestos Personalizados: Tras la ejecución de una Auditoría previa de complejidad, se emitirá una Propuesta Económica con una validez operativa estricta de 15 días naturales.
  • Hitos de Facturación: El despliegue exige un pago del 50 % por adelantado en concepto de provisión de fondos y reserva de operativa. El ensamblaje no comenzará hasta la liquidación de este depósito. El 50 % restante será exigible a la entrega del Activo final o borrador maestro.
  • Naturaleza No Reembolsable: Por la naturaleza intangible de la transferencia de inteligencia comercial, los pagos efectuados no son reembolsables bajo ninguna circunstancia una vez iniciado el despliegue de investigación (Research).
  • Desacople de Facturación (Retrasos): Si la entrega final se retrasa más de 30 días naturales por causas imputables al Cliente (falta de feedback o incomparecencia), se emitirá la factura final automáticamente, siendo exigible en su totalidad independientemente de la implementación del activo.
  • Desviación de Alcance (Scope Creep): Cualquier requerimiento fuera del Documento de Alcance Inicial será clasificado como una «Orden de Cambio». Detendrá el reloj de entrega y exigirá una cotización adicional previa a su ejecución.

 

5. EJECUCIÓN TÁCTICA Y LÍMITES DE RESPONSABILIDAD

  • Integridad del Activo: Un Activo de Respuesta Directa es un sistema de alta precisión. Si el Cliente altera, recorta o modifica el titular o la estructura sin supervisión expresa, cualquier estimación de conversión queda anulada instantáneamente.
  • Obligatoriedad de Prueba Limpia (Split Test): Si el Cliente cuestiona el activo final basándose en opiniones estéticas o corporativas subjetivas, asume la obligación de someter el texto propuesto a un Test A/B en el mercado frente a su texto de control actual, bajo idénticas condiciones de tráfico. El mercado dictará la validación.
  • Exención de Garantía Financiera: El retorno de inversión (ROI) está sujeto a la calidad del tráfico, suministro de inventario y cierre de ventas (Client Acquisition). No se garantiza un volumen exacto de ventas con carácter legal.
  • Auditoría de Métricas: En acuerdos híbridos o basados en rendimiento (Royalties / Cost Per Lead), se establece el derecho irrevocable a acceder a la plataforma de análisis del Cliente para auditar el volumen de conversión real.

 

6. ESCUDOS DE INFRAESTRUCTURA Y DISTRIBUCIÓN

La unidad consultora diseña el código persuasivo; la responsabilidad técnica y logística de su despliegue recae íntegramente sobre el Cliente.

  • Entorno Digital y Entregabilidad: Se exime toda responsabilidad por la caída de métricas derivada de negligencias técnicas del ecosistema del Cliente (caídas de servidor, roturas de inventario, mala reputación de dominio, correos clasificados como Spam).
  • Cumplimiento y Calidad de Bases de Datos: El Cliente garantiza poseer el consentimiento expreso (Opt-in) de sus listados de contacto. Asume la total responsabilidad financiera y legal por rebotes físicos, higiene de base de datos o sanciones derivadas del envío comercial no solicitado.
  • Penalizaciones Algorítmicas (Deplatforming): El riesgo de suspensión de cuentas publicitarias por infracciones o cambios algorítmicos en plataformas de terceros (Meta, Google, etc.) es asumido íntegramente por el anunciante.
  • Entorno Físico e Impreso: Se declina cualquier responsabilidad sobre el CAPEX publicitario (costes de imprenta, distribución o compra de medios). La validación del «Arte Final» y el correcto funcionamiento de los mecanismos de rastreo offline (códigos QR, cupones) es obligación innegociable del Cliente.
  • Emisión Audiovisual (Broadcasting): Los honorarios cubren la Ingeniería de Argumentos. No se asume responsabilidad por la pérdida de rendimiento derivada de un casting deficiente, mala dirección actoral o mutilación del guion en la sala de edición. Las licencias de explotación temporal o perpetua (Buyout) quedarán definidas en la Propuesta Económica.

 

7. CUMPLIMIENTO LEGAL Y SOBERANÍA DE DATOS

  • Indemnidad y Veracidad (Hold Harmless): El Cliente es el único responsable de validar la legalidad, precisión técnica y veracidad de las afirmaciones comerciales (Claims), testimonios de prueba social o endosos de embajadores antes de su publicación. Queda exonerada la unidad consultora ante reclamaciones de consumo, competencia desleal o fraude publicitario.
  • Cumplimiento de Emisión: La auditoría final para asegurar que los activos cumplen con la Ley General de Publicidad y las restricciones legales de tamaño tipográfico aplicables al sector de la movilidad recae en el departamento legal o de maquetación del Cliente.
  • Inteligencia Artificial y Confidencialidad: Ninguna métrica interna, secreto industrial o dato confidencial aportado por el Cliente será introducido en modelos de Inteligencia Artificial de entrenamiento público, garantizando la soberanía absoluta de los datos corporativos.

 

8. PROTOCOLOS DE COMUNICACIÓN Y CIERRE OPERATIVO

  • Suministro de Inteligencia Interna: El Cliente está obligado a proporcionar acceso transparente a la información técnica de producto. Cualquier retraso en la entrega de datos desplazará automáticamente la fecha de entrega del proyecto.
  • Perímetro de Accesibilidad: Toda comunicación se realizará de forma asíncrona vía correo electrónico. Las reuniones tácticas deberán agendarse con un mínimo de 48 horas de antelación.
  • Acuerdo de Confidencialidad, Subcontratación y No Captación (Non-Solicitation): La información compartida por ambas partes es de carácter reservado. Se mantiene el derecho absoluto de subcontratar tareas técnicas a nodos especializados, siempre bajo la estricta dirección de la matriz consultora. Queda terminantemente prohibido que el Cliente solicite, contrate o derive servicios de forma directa a cualquier colaborador externo o subcontratista operando bajo el paraguas de la unidad consultora, durante la vigencia del acuerdo y por un periodo de 12 meses tras la entrega del Activo final.
  • Abandono de Proyecto (Ghosting): La interrupción de la comunicación o falta de feedback por parte del Cliente durante un plazo de 20 días naturales dará el proyecto por finalizado a efectos legales, sin derecho a reembolso.
  • Cierre de Comunicaciones (Offboarding): La relación contractual y el soporte técnico finalizan exactamente 15 días tras la entrega del Activo final o la consumación del límite de revisiones estipulado (máximo dos ciclos de calibración en un plazo de 10 días).

 

9. ESTRUCTURACIÓN DE PATROCINIOS Y REPRESENTACIÓN TÁCTICA

  1. Delimitación de Autoridad y Rol Operativo (Advisory vs. Agency) En los servicios destinados a la estructuración comercial y captación de patrocinios para
  1. Exención de Garantía de Inyección de Capital (Acquisition Shield) El activo de Respuesta Directa maximiza la autoridad corporativa y la probabilidad matemática de asegurar la interlocución, pero no controla las variables macroeconómicas del patrocinador. Se exime cualquier garantía legal sobre la inyección real de capital o retorno financiero. El éxito de la operación depende del valor de mercado de la entidad, los resultados deportivos del atleta o equipo, la viabilidad de asistencia al evento y la pericia comercial del equipo directivo del Cliente durante la negociación.
  2. Integridad Reputacional y Contingencias del Ecosistema (Morality & Compliance Shield) El Cliente asume la responsabilidad absoluta sobre la veracidad de las métricas de impacto, audiencias, retorno de inversión proyectado (ROI), histórico de resultados deportivos o estimaciones de asistencia a eventos proporcionadas para la redacción del documento maestro. La unidad consultora declina toda responsabilidad legal, financiera o por lucro cesante ante la rescisión de acuerdos o pérdida de patrocinadores derivada de:

  • Información comercial o métricas infladas/engañosas proporcionadas por el Cliente.
  • Cancelación, aplazamiento o deficiencias logísticas en la organización de eventos deportivos.
  • Escándalos reputacionales, infracciones del código ético, dopaje o vulneraciones de los reglamentos disciplinarios de las entidades rectoras (ej. normativas de la Unión Ciclista Internacional – UCI) por parte de la marca, el equipo, el organizador o los atletas implicados.

 

10. ESCUDO OPERATIVO PARA SERVICIOS HIGH TICKET Y RENDIMIENTO HUMANO

  1. Exención de Responsabilidad Clínica y Rendimiento Físico (Health & Performance Shield) En la estructuración de ventas para servicios de biomecánica, fisioterapia deportiva o planes de entrenamiento de alto rendimiento, la unidad consultora diseña la arquitectura persuasiva basándose en la información clínica y técnica proporcionada por el Cliente. Queda expresamente estipulado que el Cliente (el especialista) es el único responsable legal de garantizar que las promesas de salud, prevención de lesiones o ganancias de potencia métrica (Wattage) cumplen con la regulación sanitaria vigente y son fisiológicamente viables. Se declina toda responsabilidad ante demandas por negligencia médica, lesiones físicas del usuario final o denuncias por intrusismo profesional derivadas de los servicios comercializados.
  2. Dilución de Garantía por Cumplimiento del Usuario Final (End-User Compliance) La comercialización de servicios de mentoría (Mentoring) o entrenamiento deportivo (Coaching) depende de la disciplina y ejecución del comprador final. El texto maestro maximiza la conversión inicial al vender la hoja de ruta, pero no puede garantizar la ejecución del plan. Se establece que la unidad consultora no asume ninguna responsabilidad financiera ni aceptará penalizaciones sobre sus honorarios si el usuario final solicita reembolsos (Chargebacks) alegando «falta de resultados», cuando dicha falta se derive de su propia incapacidad para ejecutar el plan de entrenamiento o aplicar los protocolos de la mentoría.
  3. Contingencias Logísticas y de Turismo Deportivo (Experiential Liability) En el diseño de activos de Respuesta Directa para la venta de turismo ciclista, viajes organizados o eventos presenciales (Cycling Camps), el texto actúa como el vehículo de captación. Queda innegociablemente establecido que la ejecución de la experiencia es responsabilidad exclusiva de la agencia operadora (el Cliente). Se exime a la unidad consultora de cualquier responsabilidad financiera, reclamación o lucro cesante derivado de cancelaciones por fuerza mayor, condiciones meteorológicas adversas, accidentes en ruta, deficiencias en el alojamiento o cualquier discrepancia entre la experiencia física entregada por el Cliente y la promesa documentada en el activo de conversión.

 

11. JURISDICCIÓN COMPETENTE Y LEY APLICABLE

La arquitectura de las presentes condiciones operativas se rige por la legislación española. Para la resolución de cualquier controversia, conflicto técnico o fricción legal derivada de la interpretación o ejecución de este contrato, las partes se someten de manera expresa a los Juzgados y Tribunales competentes de la ciudad de Murcia, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.